
Tras el éxito alcanzado con la implementación del proyecto de Acceso Digital que ha transformado el sistema de justicia con la incorporación del 98% de los usuarios, no obstante la resistencia inicial, el Poder Judicial de República Dominicana enfoca sus esfuerzos ya en la promoción del Método Alternativo de Resolución de Conflicto (MAR) como mecanismo para llegar a acuerdos sin ir a juicio.
Este mecanismo no solamente permite impartir justicia con mayor rapidez, de manera eficiente, sensible e inclusiva, sino que además evita la sobrepoblación carcelaria que en la actualidad ronda los 25,000 internos, y su consecuente tasa de hacinamiento que según la Oficina Nacional de Apoyo a la Reforma Penitenciaria en ocasiones alcanza el 63%.
Conforme a datos del Poder Judicial y de la Dirección Nacional de la Defensoría Pública, solo el 13% de los casos penales en el país es resuelto con acuerdo previo a la judicialización, mientras que el 87% “satura drásticamente el sistema de justicia penal, limitando la capacidad de respuesta de todos los actores y con ella, el acceso universal al cual se aspira”, según palabras del presidente del PJ, Luis Henry Molina.
Estadísticas de la Procuraduría General de la República indican, por igual, que los acuerdos firmados por el órgano de persecución luego de que el caso ha sido judicializado promedian apenas un 9%, pero que se trabaja para elevarlo a un 79%, “que es como debería ser” dadas todas las ventajas que representan para el sistema de justicia penal.
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Ventajas comparativas
Aunque son ordenamientos jurídicos muy diferentes, el sistema de justicia de República Dominicana y el de Puerto Rico tienen similitudes especialmente en materia civil, y algunas en materia penal, según afirmó el titular de la Fiscalía del Distrito de Bayamón, Gabriel Arredondo, a una delegación del Poder Judicial que incluyó a varios periodistas y comunicadores, y que fue invitada a compartir buenas prácticas y experiencias sobre el tema de los acuerdos en materia penal.
Al respecto Arredondo indicó que en PR el 95% de los casos penales son negociados, ya que son parte integral del proceso y están regulados por la Regla 72 de Procedimiento Criminal, con la misma finalidad que en el país: acelerar los procesos y hacer más eficiente el sistema judicial.
Los actores principales son el Ministerio Público y la defensa.
¿Cuándo negociar?
Señala el fiscal que ellos “compran riesgo” en los casos que entienden son buenos para ellos porque será un juez el que va a decidir, y no un jurado al que tiene opción el imputado, y así evitar algún tipo de circunstancia que pueda ocurrir.
Arredondo señaló que también el abogado cuando entiende que ir a juicio no le conviene, prefiere optar por negociar.
“Para nosotros la Regla 72 es bien práctica y segura, aquí no hay posibilidad de que alguna parte se haga el listo, que haya una posibilidad que coja el chavo (ganar o conseguir dinero) porque está ahí tan segura que cuando empiece el proceso de negociación, siempre tiene que haber presentado la querella…”, explicó el fiscal.
“El periodista no puede controlar el proceso del fiscal, del juez ni del abogado; un periodista es un intermediario, y es mas importante tener a unos familiares y unos perjudicados que estén de acuerdo porque quieren cerrar un capítulo de su vida…”.
Es inconcebible no negociar
A la jueza administradora de la Región Judicial de Bayamón, Carmen Otero, le sorprende que en República Dominicana con un Código Procesal Penal de hace más de 20 años, la “alegación pre-acordadas o negociaciones” en materia penal, sean tan pocas.
“Para nosotros en Puerto Rico es casi inconcebible, porque estudié de una manera que los casos se atendían negociando, es decir, las escuelas de derecho no te enseñan a negociar, dan una clasecita de mediación, pero aun así, es nuestro derecho, aunque no te enseñen el arte de la negociación, es parte de lo que vamos a encontrar en los tribunales”, expresó.
Afirmó que los actores del proceso tienen prepararse para saber hasta dónde llegan, porque “ cuando empiezas a tirarse que las cosas no están como tú creías que debían estar, comenzamos a pensar en la negociación temprano”, porque en la medida en que el que tiene la el más duro parte te dice: “ si me dejas llegar hasta tal etapa no me pidas un acuerdo porque ya me hiciste trabaja todo esto, sabes que empieza a darse ese balance entre qué cosas yo voy a negociar y qué cosas son pues ciertamente para entrar en sus méritos”, subrayó la jueza.
Tipos de negociaciones
El juez Elis Colón indicó que aunque la participación de ellos es importante en la legación pre-acordada, no es protagonista en la negociación.
Se negocia en los casos de los delitos menos graves que conllevan unas penas de 6 meses o menos, o multas de USD$500 hasta USD$5,000, las reincidencias, que aumentan hasta un 25% de las multas, pueden eliminarse, y los casos se archivan.
A veces como parte del acuerdo se usa una combinación en la que se elimina la reincidencia y se rebaja el delito.
Otros temas versaron sobre la publicidad de las audiencias y el equilibrio entre el derecho público a saber y los derechos del acusados, importancia de un lenguaje claro en las decisiones judiciales y el proceso de aprendizaje para usarlo y se hicieron comparaciones en cuanto a la prisión preventiva y la libertad condicional.
Durante la visita a tribunales de la vecina isla, que incluyó la observación de vistas públicas en las que se confirmaron acuerdos entre las partes, la delegación dominicana recibió explicaciones de otros funcionarios judiciales, así como también de los encargados de prensa.
Delegación dominicana
El Poder Judicial estuvo representado por los magistrados Giselle Méndez, y Rubén Rodríguez; Ellys Coronado, de la Escuela Nacional de la Judicatura (ENJ), Fátima de la Rosa y Justo Maracallo, de prensa y comunicaciones. Los periodistas Ramón Benzán, Marisol Aquino, Domingo Beriguete, Raysa Alvarez, Teresa Casado, Hogla Enecia Pérez, Rafael Zapata, Aris Beltré, Millizen Uribe, la abogada y comunicadora Susana Gautreau, Rafael Zapata y Loyda Peña.