Declaración de renta 2024: los beneficios de la factura electrónica y el porcentaje que permite deducir



La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha hecho una invitación a los contribuyentes a usar la facturación electrónica, de cara al periodo de declaraciones de impuestos 2024. La factura electrónica es la evolución de la factura tradicional de papel. Tiene la misma validez y efectos legales, y tributariamente es un soporte de transacciones de venta de bienes o servicios.

Además, permite que el contribuyente acceda a nuevos servicios, como declaraciones sugeridas y devoluciones automáticas. Asimismo, permite conocer en tiempo real las transacciones comerciales, agiliza los trámites con la DIAN y ahorra los costos de papel y mensajería.

La DIAN señala que, al solicitar factura electrónica, el 1% de esa compra se resta de los ingresos al momento del cálculo del impuesto sobre la renta. Para que este beneficio resulte efectivo, es necesario que el interesado esté identificado como comprador en la factura, indicando su nombre completo y su documento de identificación o NIT.

El beneficio podrá ser utilizado por primera vez en la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios del año fiscal 2023, cuya declaración se presentará este 2024. La nueva medida va dirigida a los contribuyentes registrados como personas naturales que pueden utilizar el beneficio como deducción en el impuesto sobre la renta y complementarios. Esta pretende incentivar en la ciudadanía las compras y exigencia de la factura electrónica, además de crear una cultura de expedición y solicitud de este documento.

Asimismo, incentiva la bancarización, lo que deriva en el desarrollo e impulso de la economía, de acuerdo con la DIAN. Por último, es importante que el método de pago empleado haya sido tarjeta de débito o crédito, o cualquier medio electrónico donde intervenga una entidad vigilada por la Superintendencia Financiera. Además, que la factura no haya sido usada para deducciones de otro descuento tributario o crédito fiscal.

Quiénes pueden acceder a estos beneficios

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Las personas naturales que tengan la calidad de declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios podrán acceder a este beneficio tributario. El porcentaje que se puede deducir es del 1% del valor de las adquisiciones, sin exceder las 240 UVT en el respectivo año gravable, según el documento de la DIAN Deducciones en el impuesto sobre la renta y complementarios para personas naturales por bienes y servicios adquiridos, soportados con Factura Electrónica. Para la declaración de 2023, ese valor equivale a 10.178.880 de pesos.

Cuáles son los requisitos

Para que las personas naturales accedan a este beneficio es necesario cumplir con una serie de requisitos. El primero, que la adquisición del bien o servicio haya sido solicitada por alguno de los siguientes conceptos:

  • Costo o deducción en el impuesto sobre la renta y complementarios
  • Impuesto descontable en el Impuesto sobre las Ventas – IVA
  • Ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional
  • Renta exenta
  • Descuento tributario
  • Otros tipos de beneficio o crédito fiscal

Asimismo, para beneficiarse es necesario que la adquisición esté soportada con la factura electrónica de venta con validación previa. Este documento deberá incluir los nombres y apellidos, así como el número de identificación tributaria NIT, o el número del documento de identificación del contribuyente.

Además, la factura electrónica de venta deberá generarse a partir de un pago con tarjeta de crédito o débito, o por cualquier medio electrónico en el cual intervenga una entidad vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia, dentro del periodo gravable en el que se solicita la deducción de impuestos.

Por último, es indispensable que la factura electrónica de venta haya sido expedida durante 2023 por los sujetos obligados —y autorizados— a expedirla.

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