Manuel Álvarez Zenteno: A la espera de su sentencia firme: la historia del oncólogo chileno condenado por abuso sexual de dos de sus pacientes



El oncólogo chileno Manuel Álvarez Zenteno (63 años) era un hombre respetado en su rubro. Una eminencia. Su trayectoria como director del Centro del Cáncer de la Pontificia Universidad Católica y del Centro Clínico del Cáncer de la Clínica Las Condes, además de su experiencia internacional, daban cuenta de por qué parlamentarios, alcaldes y todo tipo de pacientes gravemente enfermos buscaban tratarse con él. En pasado mayo, la justicia chilena lo condenó a siete años de cárcel por delito consumado y reiterado de abuso sexual contra dos víctimas en 2016 y 2017, una de ellas fallecida durante el proceso judicial. La Fiscalía Metropolitana Oriente pidió la prisión preventiva para el médico, que niega los hechos, hasta que la condena fuera firme y ejecutoriada, lo que se estaba cumpliendo desde hace dos meses. Pero en un vuelco inesperado del sonado caso, la Corte Suprema acogió el viernes pasado la solicitud de la defensa de dejarlo en libertad mientras se resuelve un recurso de nulidad que se conocerá el 24 de julio.

La libertad la consiguió el equipo jurídico que representa al oncólogo, encabezado por el abogado César Ramos, cuando presentó un recurso de amparo para revertir la prisión preventiva, argumentando que no había existido “fundamento legal” para decretar la medida cautelar excepcional que Álvarez cumplía desde el 23 de abril –cuando se conoció el veredicto–. La Corte de Apelaciones de Santiago lo rechazó. Entonces, escalaron hasta la Suprema, donde también alegaron que el tribunal no se había hecho cargo de sus argumentos sobre por qué su representado no es un peligro para la sociedad.

En un fallo dividido, la Suprema le concedió la libertad a Álvarez –con arraigo nacional y la prohibición de acercarse a sus víctimas– mientras se resuelve el recurso de nulidad de la defensa por alegación de hecho –niegan que haya ocurrido–, mala valoración de las pruebas, entre otros puntos. Los magistrados justificaron la polémica decisión sosteniendo que el tribunal debe oír los argumentos de las dos partes sobre la prisión preventiva. “No puede efectuarse sólo mirando los antecedentes y argumentos de hecho y derecho invocados por el peticionario”, sino que, debe expresar porqué los antecedentes de la defensa “no fueron válidos, útiles o suficientes”. En resumen, el fallo establece que la resolución “no contiene desarrollo argumentativo” sobre por qué determinaron que Alvarez es un peligro para la sociedad y existe posibilidad de fuga.

La abogada querellante, Susana Borzutzky, critica la decisión, pues señala que puede facilitar las opciones de fuga a un condenado días antes de que se resuelva el recurso de nulidad. “Es inconcebible”, sostiene a EL PAIS. “¿Qué más necesita el ministro de la Corte Suprema que una sentencia que da por veraces los hechos más allá de toda duda razonable? La señal que se envía es que las personas con influencia y con mejor situación encuentran una salida y no quedan privados de libertad. Esto afecta la confianza en nuestras instituciones y pone en jaque el principio de igualdad de la ley”, añade. Asegura, además, que las pruebas fueron valoradas por el tribunal oral, que el condenado declaró durante dos días y que la jueza escuchó a ambas partes durante los 45 días que duró el juicio.

Por su parte, Barros, defensor de Álvarez, ha destacado el fallo: “La Corte Suprema ha puesto término a la ilegal privación de libertad de más de dos meses a la cual estuvo sometido nuestro representado (…). Desde un comienzo cuestionamos la infundada, ilegal y arbitraria decisión del tribunal que lo condenó y lo dejó en prisión preventiva”, añadió. Sobre el recurso de nulidad que se conocerá en tres semanas, Borzutzky espera que “confirme el fallo dictado por un tribunal imparcial, que hizo una correcta valoración de la prueba en un escenario en que hubo un correcto ejercicio de la defensa y que, luego de todas las pruebas entregadas, se acreditó que más allá de toda duda razonable, que el doctor Álvarez traicionó la confianza y abusó de sus paciente, cuya vida tenía en sus manos”.

“Lo veía como un salvador”

La condena a siete años de prisión establecida por el Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago fue unánime, en un caso donde la confianza puesta en el oncólogo tratante en una enfermedad de tal gravedad jugó un papel clave. El fallo estableció que una de las víctimas, M. G., diagnosticada con cáncer en etapa IV en el recto con metástasis, fue abusada sexualmente por el doctor “en varias oportunidades” en el Centro del Cáncer de Clínica Las Condes (CLC) en 2016 y 2017. Álvarez, “valiéndose de la relación médico paciente, de la absoluta confianza que la víctima depositaba en él y de la situación de extrema vulnerabilidad en que ella se encontraba, realizó acciones de significación sexual y relevancia en su contra, aprovechándose de su incapacidad para oponerse”, reza el fallo. El último episodio ocurrió el 28 de noviembre de 2017, cuando una enfermera entró a la habitación de la paciente y descubrió al doctor abusando de ella.

La enfermera hizo una denuncia ante la Policía de Investigaciones (PDI) y la paciente ratificó su relato. Además, M. G. presentó su propia denuncia. Luego más de una decena de mujeres hicieron lo propio –cuatro ya murieron y nueve casos están prescritos, por lo que la Fiscalía les tomó declaración en este aso como testigos y no como víctimas–. M. G. grabó un video de tres horas con su testimonio antes de fallecer a los 66 años el pasado septiembre. La abogada Borzutzky apunta que este juicio va de lo que relató su representada en el video que dejó grabado: “Que entre haber sido abusada y fallecer, ella optó por ser abusada, porque el médico tratante le traspasó que era el único capaz de salvarle la vida”.

La otra víctima del caso que derivó en la condena del oncólogo es M. R. T., diagnosticada con cáncer de mama en 2008, quien inició un tratamiento con Álvarez en el Centro de cáncer de la Universidad Católica. La paciente luego se siguió controlando con el especialista en la CLC. En al menos dos ocasiones, entre 2016 y 2017, abusó de ella en su consulta.

En 2017, la CLC despidió al oncólogo luego de la denuncia a la enfermera. Álvarez interpuso una querella por despido injustificado que ganó, haciéndose DE una indemnización de 210 millones de pesos chilenos (unos 222.000 dólares). El especialista comenzó a trabajar en el sur de Chile donde, según la justicia, continuó con sus agresiones. El año pasado, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas lo condenó a 818 días de presidio, con el beneficio de libertad vigilada intensiva, por un delito consumado de abuso sexual a una paciente con cáncer terminal en mayo de 2019. La mujer murió antes del juicio.

A finales de 2022, la Clínica Las Condes volvió a contratar al ya cuestionado doctor. Duró ocho días. M. G. seguía tratándose en el recinto sanitario y el reingreso de su hasta entonces presunto abusador provocó un gran rechazo en el personal. El Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago acogió una solicitud del fiscal y decretó la prohibición al oncólogo de ingresar a la CLC.

Las audiencias del juicio de Álvarez se declararon secretas, pero La Tercera accedió al veredicto en el que se señala que el oncólogo justificaba las acciones sexuales como parte de la examinación física. En los testimonios de las víctimas dan cuenta de que la dependencia y esperanza que tenían puestas en un médico considerando una eminencia en su especialidad. “Lo veía como un salvador”, dijo una. Durante las consultas utilizaron “estrategias” para minimizar los abusos, como ropa interior más gruesa y firme, difícil de remover. Pero la relación asimétrica de poder, el temor a que no les creyeran o que finalizara un tratamiento que estaba dando resultados, las víctimas hablaron de sus experiencias en privado. Hasta que alzaron la voz.

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