Pago de impuestos en junio 2024: cuándo se presenta la retención de la fuente y el Régimen Simple de Tributación



La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha determinado los vencimientos de impuestos para el mes de junio de 2024. El Decreto 2229, emitido en 2023, señala los plazos para cumplir con las siguientes obligaciones tributarias: la retención de la fuente, el Régimen Simple de Tributación (RST), la renta para los grandes contribuyentes, y el impuesto a la gasolina y el diésel (ACPM). A continuación se desglosan las fechas para presentar y pagar los impuestos. Cada plazo se asigna conforme al último dígito del Número de Identificación Tributaria (NIT).

Retención en la fuente

La DIAN —dirigida desde este mes por Jairo Orlando Villabona— indica que todos los agentes de retención o autorretenedores del impuesto sobre la renta y complementarios tienen la obligación de presentar y pagar la retención en la fuente correspondiente a mayo de 2024. El cumplimiento se realiza del 13 al 26 de junio, y cada fecha se asigna con el último dígito del NIT:

Fecha en junio 2024 Último dígito del NIT
Jueves 13 1
Viernes 14 2
Lunes 17 3
Martes 18 4
Miércoles 19 5
Jueves 20 6
Viernes 21 7
Lunes 24 8
Martes 25 9
Miércoles 26 0

Régimen Simple de Tributación (RST)

Los contribuyentes inscritos en el Régimen Simple de Tributación (RST) están obligados a presentar y pagar la declaración anticipada correspondiente al bimestre de marzo-abril de 2024. Esta obligación está sustentada en el formulario 2593, también llamado “Recibo electrónico del SIMPLE”. La declaración y pago del RST se ha establecido del 13 y el 26 de junio, y la fecha indicada depende del último dígito del NIT.

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Fecha en junio 2024 Último dígito del NIT
Jueves 13 1
Viernes 14 2
Lunes 17 3
Martes 18 4
Miércoles 19 5
Jueves 20 6
Viernes 21 7
Lunes 24 8
Martes 25 9
Miércoles 26 0

Otros impuestos a declarar en junio 2024

Otros impuestos, como el gravamen a la gasolina y al diésel (ACPM), se deben presentar y pagar con fecha límite al martes 18 de junio de 2024. El plazo es el mismo para todos los responsables, independientemente del último dígito del NIT. Por último, los grandes contribuyentes deben hacer el pago de la tercera cuota del impuesto sobre la renta y complementario. El plazo se ha establecido del 13 al 26 de junio, y el calendario de pagos es el mismo que la Retención de la Fuente y el RST.

La cultura tributaria y la lucha contra la evasión fiscal son dos de los ejes que la DIAN pretende fortalecer. Entre el 11 y el 14 de junio, la entidad ha desplegado más de mil funcionarios de las 34 Direcciones Seccionales de Impuestos para recuperar el cobro de 109.722 contribuyentes morosos. Los datos de la institución indican que las obligaciones pendientes suman 3.595.551.053.009 pesos colombianos. La medida de la DIAN ha derivado en la localización de 20.000 contribuyentes morosos, que en su mayoría adeudan el IVA y la retención de la fuente.

Entre las medidas cautelares para recuperar los adeudos se encuentran el embargo de dinero o bienes, los avalúos y los remates. Según un comunicado de la DIAN, los contribuyentes morosos que previamente fueron beneficiados con facilidades de pago, y actualmente registren adeudos, incurren en el incumplimiento de las condiciones pactadas para recibir el beneficio tributario, como señala la Ley 2277 del año 2022.

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