Un juez de Ciudad de México obliga a las autoridades a entregar agua sin contaminantes a los vecinos de Benito Juárez



El juez Martín Santos Pérez, juez octavo de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México, ha concedido una suspensión provisional a un grupo de vecinos afectados por el agua contaminada en la alcaldía Benito Juárez. La decisión obliga a las autoridades — entre las que se encuentran el jefe de Gobierno de Ciudad de México, el Sistema de Aguas de la capital (Sacmex), la secretaría de Protección Civil, Pemex y la Agencia Nacional de Protección al Medio Ambiente (Asea)― a garantizar a los afectados el acceso y el suministro al agua potable y salubre para el uso humano. “Las autoridades responsables quedan obligadas a tomar todas las medidas de reparación que estimen pertinentes en relación con los hechos de contaminación en la alcaldía Benito Juárez en los últimos meses”.

Entre las medidas cautelares solicitadas por los vecinos en la solicitud de amparo están que las autoridades garanticen su acceso al agua y que se informe sobre cuáles son los contaminantes. Los afectados exigen a Sacmex que presente informes y bitácoras del estado del agua en la alcaldía, por lo menos desde enero de 2024 y que se lleve a cabo una reparación del daño. La petición llegaba unas horas antes de que el Sistema de Aguas de Ciudad de México (Sacmex) haya reservado durante tres años los resultados de los contaminantes en el suministro de las colonias afectadas y a menos de un mes de las elecciones el próximo 2 de junio, en las que se decidirá la Jefatura de Gobierno de la capital.

Ante el silencio de las autoridades, grupos de vecinos encargaron análisis del agua de sus casas a laboratorios autorizados. Los resultados arrojan que en el agua de varias colonias afectadas hay presencia de cloroformo, diclorobenceno, tricloroetileno, entre otras sustancias. Todas ellas tóxicas y cancerígenas. Los afectados denuncian que las autoridades están violando la norma mexicana, conocida como NOM 127, y otras normas internacionales sobre los límites de sustancias permitidos que puede tener el agua para el consumo humano.

La decisión del juez determina que las autoridades deberán proporcionar agua potable a través de la red hidráulica o “en caso de que esta se encuentre contaminada con sustancias nocivas o microorganismos, deberá ser suministrada a través de pipas”, puede leerse en el documento al que ha tenido acceso este diario. “Las autoridades responsables deberán implementar todos los medios a su alcance, a fin de garantizar y demostrar a la parte quejosa que el agua que les suministra es potable y salubre para el uso humano”, dice la resolución del juez.

La declaración de la suspensión provisional por parte del juez se produce ante una situación violatoria de derechos humanos. En este caso, el derecho a la Salud, al Medio Ambiente y el Derecho al Agua. “En el momento en que se decreta la suspensión, el juez pedirá información a las autoridades, que tienen 48 horas para expresar si es cierto el acto”, explica el abogado Swami Delgado.

De acuerdo a la Ley de Amparo, si las autoridades no cumplieran lo que marca el juez, podrían estar incurriendo en un delito. Después de la suspensión provisional, los tribunales tienen 15 días para ver si se otorga la suspensión definitiva. Será el momento en que las autoridades denunciadas y los demandantes, conocidos como quejosos, aporten sus pruebas. Delgado señala que el juicio de amparo podría extenderse y complicarse durante varios meses. La batalla por el agua contaminada no ha hecho más que empezar.

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